
El Círculo Médico anunció que “ingresó un pago parcial de la duda” que mantiene la obra social, por lo que suspendieron el corte de servicios prevista para este miércoles aunque mantendrán el estado de alerta.
Un hombre que desde hace casi cinco años no cumple con el pago de la cuota alimentaria no podrá salir de la provincia ni del país. Tampoco podrá conducir vehículos.
SaltaLa decisión fue adoptada por la jueza de primera instancia de Personas y Familia de Tartagal, Carmen Juliá, en una causa iniciada por la madre.
El hombre debía cumplir con la cuota alimentaria a favor de su hija por sentencia dictada en 2019. En aquella sentencia se estableció que tenía que depositar el importe equivalente al 30 por ciento de un salario mínimo vital y móvil o el del salario en caso trabajar en relación de dependencia.
Pero el último movimiento en la cuenta bancaria habilitada al efecto se produjo en febrero de 2020 y el saldo actual es de cero pesos.
Por ello la Secretaría de Derechos Humanos incluyó al hombre en el Registro de Deudores Alimentarios. Pero el incumplimiento persiste.
En el trámite de la causa quedó en evidencia la voluntad del padre de desentenderse del cumplimiento de la obligación alimentaria, aspecto sobre el cual la jueza marcó que “el deber de proveer alimentos a sus hijos es de tal entidad que los padres no pueden excusarse aduciendo la falta de trabajo o disminución de ingresos, ya que quien ha engendrado un hijo asume el deber de proveer de sus necesidades, no solo en su interés sino en el de la sociedad. Por eso los progenitores deben realizar todo el esfuerzo que resulten necesarios para desempeñar trabajos productivos sin que puedan excusarse de cumplir con su obligación alimentaria”.
Y puntualizó que la conducta del padre “no solo es reprochable, sino además, configura una modalidad de violencia económica hacia la hija actualmente de 18 años” e indirectamente también hacia la madre, a quien obliga atender todas las necesidades de la hija.
La madre percibe la asignación universal como único ingreso.
La jueza además consideró reprochable jurídicamente el incumplimiento alimentario que mantiene el padre hacia su hija por lo que ordenó la prohibición de salida del hombre sea de la Provincia o del país además de retirarle la licencia de conducir para cualquier tipo de vehículo sea motocicleta o automotor.
Las medidas se mantendrán todo el tiempo que fuera necesario hasta el cumplimiento de los alimentos adeudados y la regularización de la cuota alimentaría mensual.
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