Estatales podrán ser cesanteados si violentan a una mujer

Una modificación incluida en la ley provincial Nº 5.546 (Estatuto del Empleado Público) prevé hasta la cesantía de trabajadores estatales ante casos de violencia hacia la mujer.

Salta
violencia de género

El Senado dio ayer  media sanción al proyecto de ley que modifica el artículo 36 del Estatuto,  referido a casos de violencia. La senadora Silvina Abilés (La Caldera-Salta tiene Futuro) es la autora de esa iniciativa que establece que se procederá hasta con cesantía al personal que presta funciones en la administración pública, quien  incurriere en las acciones descriptas en el Art. 3° de la ley provincial N° 7.888.

El artículo establece que “se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente Ley, toda conducta, acción, omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón. La violencia de género incluye entre sus modalidades la violencia doméstica, laboral, institucional, financiera, obstétrica, y contra la libertad reproductiva”.

Por otra parte el Senado  aprobó una resolución mediante la cual se indica el Protocolo a seguir ante situaciones de Violencia  de Género que involucren al  personal de la Cámara de  Senadores.

La Resolución lleva las firmas de los senadores Walter Aban, Silvina Abilés, Carlos  Ampuero, Walter Cruz, Juan Cruz Cura, Guillermo Durand Cornejo, Esteban D´Andrea, Marcelo Durval Garcia, José Ibarra, Javier Monico, Dani  Nolasco, Manuel Pailler, Sergio  Ramos, Sergio Saldaño, Alfredo  Sanguino y Jorge Soto.

El objetivo es alcanzar una institución libre de violencia de género, a través de acciones que promuevan la prevención, erradicación y sanción a la violencia de género, generando mecanismos de concientización, sensibilización, difusión y formación sobre la problemática abordada. Orientando y asesorando a todas las personas que así lo requieran, dentro del ámbito de la Cámara de Senadores, o bien a personas que tengan alguna conexión (no laboral), con  el personal de la Cámara y/o afectados.

El protocolo es aplicable al personal de la Cámara de Senadores, sea de planta permanente o transitoria, ante los casos de Violencia de Género sea esta laboral, institucional o domestica, indistintamente de que el agente resulte víctima o victimario, y cualquiera sea el medio, por el que las autoridades de este cuerpo tomen conocimiento de la misma.

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