
El candidato a senador nacional por Fuerza Patria Salta, Juan Manuel Urtubey, visitó Cerrillos y se reunió con vecinos junto a los concejales Adrián Landriel y Natalia Chauqui en el Centro de Atención al Vecino.
Le habían ordenado abstenerse de ejercer violencia contra la profesional en medios y redes sólo por cumplir con la Ley del Aborto y el argumento que se atentaba contra su libertad pero la justicia no le dio la razón.
SaltaLa Justicia falló contra el exdiputado Andrés Suriani en la causa que le inició una médica por violencia de género psicológica, simbólica y mediática. El legislador con mandato cumplido fue condenado tras calificar de "sicario" a la profesional de la salud por cumplir con la ley de interrupción voluntaria del embarazo y planteaba que la sentencia atentaba contra su libertad de expresión.
En marzo, Suriani había difundido la foto de una profesional del HPMI (Hospital Público Materno Infantil) con una leyenda que decía "Médica abortista en Salta" y abajo "Vamos conociendo el rostro de los sicarios en Salta". La profesional de la salud inició acciones legales en contra del exdiputado con el respaldo del nosocomio.
La jueza subrogante de Violencia Familiar y de Género 2, Gisela Centeno, había ordenado en mayo que Suriani se abstuviera de ejercer actos de violencia psicológica en medios de comunicación masiva o en cualquier red social contra la denunciante "bajo apercibimiento de desobediencia judicial y de remitir las actuaciones a la Justicia Penal".
La magistrada puso de relieve que el mensaje de Suriani apunta contra el trabajo que la médica realiza para posibilitar que las mujeres tengan acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, derecho reconocido por la ley nacional 27610.
Suriani apeló contra ese fallo. En el recurso, solicitaba la nulidad o revocación de la resolución porque la consideraba “arbitraria y violatoria de las garantías constitucionales”.
La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó el recurso de apelación de Suriani. La jueza Ivanna Chamale de Reina y el juez Gonzalo Mariño señalaron que en el fallo que objetaba Suriani no se advierte que “se haya producido una restricción, sanción o limitación indebida a los derechos de expresión, libertad de pensamiento e intimidad del demandado apelante, que justifique la revocación solicitada”.
Los jueces agregaron que queda claro que se procuró “el urgente amparo de la denunciante, siendo suficiente, además, para cesar con el riesgo que implicó el ataque infundado del agresor.”
Recordaron que “este trámite judicial es un proceso urgente de protección de “derechos subjetivos naturales” (conculcados y/o bajo amenaza), por lo que la respuesta jurisdiccional debe llegar de forma inmediata para conjurar el peligro así planteado.”
Y en este contexto “la disposición de medidas de tutela personal previstas por las leyes protectorias, tanto nacionales como provinciales, se vuelve clave en este tipo de procedimientos, pues a través de ellas el órgano judicial debe actuar de manera tal que el pedido de auxilio encuentre eficaz respuesta, pues para eso se denunció, concretamente.”
De los antecedentes de la causa dijeron- “emerge una clara situación de violencia generada a partir de las expresiones vertidas, en su momento, por el apelante (Sr. S.), las que traslucieron una grave e injustificada agresión hacia la persona de la denunciante, la médica M.S., haciéndosele infundado reproche por su condición de profesional de la Salud ‘no objetor de conciencia’, en el marco de la ley 27610, de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. A ello debe sumarse la notoria publicidad intencionada o no-, que dicho hecho adquirió al ser difundido a través de las distintas redes sociales y medios de comunicación.”
En este punto coincidieron en que la resolución cuestionada “se ajusta a los lineamientos legales previstos a ese efecto, tanto a nivel nacional como provincial, y constitucional-convencional.”
En la resolución objetada en la apelación se dispuso que el denunciado debería abstenerse de ejercer actos de violencia psicológica, en medios de comunicación masiva, cualquier red social (vía telefónica, Facebook, Whatsapp, Twitter, Instagram, etc.) y/o cualquier otro medio que afecten la libre elección, dignidad y la imagen de la denunciante, y lo exhortó a la estricta observancia de la normativa vigente en materia de violencia de género.
Esta medida - dijeron los jueces- se presenta como una “expansión” de la tradicional “prohibición o restricción de acercamiento”, adecuada a la realidad moderna, en la que la aparecen nuevas modalidades de comunicación (redes sociales), que amplían los horizontes delimitados con anterioridad por la normativa protectoria. “Sin duda, estuvo direccionada a producir el cese en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, se realice contra la víctima, lo que guarda estrecha relación con la denominada ‘violencia mediática’”.Por ello es que la resolución fue confirmada.
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El Consejo Superior se manifestó enfáticamente a favor de la libertad de expresión y la libertad de prensa y en contra de la censura previa. El órgano lamentó la inacción de Orozco y recordó que, para la UNSa, es “persona no grata”.
Con una población de 3.648 habitantes, Aguas Blancas registra actualmente 5.736 votantes. El municipio, que limita con Bolivia, fue creado en 2015, fecha desde la cual el padrón electoral creció más del 74%.
Los salteños, turistas y peregrinos podrán disfrutar y recorrerla hasta el 15 de septiembre, todos los días de 10 a 22 hs. Hay puestos gastronómicos, juegos, shows, venta de ropa, masas regionales y mucho más.
En la presentación se señala que el Estado nacional, además de desamparar a los más vulnerables, utilizó un acto de gobierno para generar mayor exclusión, en un contexto marcado por corrupción.
La casa de estudios invita a estudiantes, docentes y personal a sumarse a la movilización en defensa de la educación pública gratuita, inclusiva y de calidad.
El Círculo Médico anunció que “ingresó un pago parcial de la duda” que mantiene la obra social, por lo que suspendieron el corte de servicios prevista para este miércoles aunque mantendrán el estado de alerta.
El indicador acumula 19,5 por ciento de suba en el año. El dólar trepó 7 por ciento la última semana de julio y las consultoras descontaban el impacto en precios.
El gerente del Hospital detalló que la medida es de carácter temporal y que se busca prioriza la atención de emergencias. “De un promedio de 30 cirugías a 40 cirugías diarias vamos a poder programar entre 10 y 15", indicó.