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Después del revés de la Cote Suprema y tal como lo ordenó el máximo tribunal federal, el Tribunal de Impugnación deberá dictar un nuevo pronunciamiento.
SaltaLa Corte de Justicia de Salta, en los autos “C/C SANDOVAL, ANTONIO EDUARDO; VILTE LAXI, DANIEL OCTAVIO; LASI, GUSTAVO ORLANDO; VERA, SANTOS CLEMENTE; RAMOS, OMAR DARÍO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD PENAL”, Expte. CJS S-II 38233/16, dispuso dejar sin efecto parcialmente la sentencia de la Sala III del Tribunal de Impugnación, sólo en lo que concierne a Santos Clemente Vera, y bajar el Expediente a fin de que una distinta Sala del Tribunal de Impugnación, dicte una nueva sentencia con los alcances señalados por el Máximo Tribunal Federal.
La defensa de Vera había impugnado el fallo ante la Corte de la Nación en fecha en agosto de 2017, la que fue admitida mediante sentencia de diciembre del año pasado. Como consecuencia de ello, se ordenó la remisión al tribunal de origen a fin de que se proceda a dictar un nuevo fallo.
Una vez remitido el expediente, la Corte de la Provincia se abocó al estudio de la causa, que consta de treinta y tres cuerpos y este martes resolvió dejar sin efecto el fallo recurrido y mandó se dicte un nuevo pronunciamiento.
Fundó el fallo en el decisorio del Superior Tribunal Federal -a cuyas directrices debe inexorablemente adecuarse-, teniendo en cuenta las constancias del expediente y los recursos presentados.
La decisión es otro revés para los jueces de la Salla III del Tribunal de Impugnación, Luciano Martini y Arias Nallar, quienes están denunciados ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados por su polémica actuación en la causa de las turistas francesas y cuya tarea está siendo analizada tras la denuncia del diputado provincial, José Gauffin.
El Jurado decidió el mes pasado abrir la investigación y corrió vista al Procurado General de la Provincia, Pedro García Castiella, quien deberá expedirse si corresponde abrir el juro contra los jueces salteños por haberse arrogado la facultar de condenar a Santos Clemente Vera.
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