Aguas Blancas y Salvador Mazza van a la Justicia por el comercio fronterizo

Los municipios de Salta pide una medida cautelar por la Resolución de ARCA que fija un límite diario al comercio fronterizo y excluye determinados productos del régimen de tráfico vecinal.
Salta

Las Municipalidades de Aguas Blancas y Salvador Mazza presentaron una acción de amparo colectivo contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la cual buscan frenar la aplicación de la Resolución General 5910/2026, que establece límites al traslado de mercaderías bajo el régimen de tráfico vecinal fronterizo.

La presentación cuestiona las disposiciones nacionales por considerar que afectan directamente la actividad económica de dos localidades cuya dinámica comercial depende, en gran medida, del intercambio con Bolivia. Además de pedir que se analice la legalidad de la normativa, los impulsores de la acción solicitaron una medida cautelar de no innovar con efecto suspensivo para evitar que las restricciones continúen aplicándose mientras se resuelve el planteo de fondo.

El reclamo judicial representa un nuevo capítulo de un conflicto que comenzó a tomar fuerza el 10 de octubre, cuando entraron en vigencia las modificaciones dispuestas por ARCA. Desde entonces, comerciantes, cámaras empresariales y autoridades locales advirtieron sobre las consecuencias que podrían generar las limitaciones en una región donde el intercambio comercial constituye una fuente importante de ingresos y empleo.


Qué establece la resolución de ARCA

La Resolución General 5910/2026 fue publicada en el Boletín Oficial el 9 de octubre y modificó las condiciones del régimen de tráfico vecinal fronterizo, previsto para residentes de zonas limítrofes.

Entre los principales cambios se encuentra el límite de 150 dólares diarios por persona para el egreso de mercaderías argentinas mediante ese régimen. La normativa también excluye determinados productos y presentaciones, entre ellos trigo, soja y maíz, combustibles transportados en recipientes no habilitados y mercaderías acondicionadas en envases iguales o superiores a 10 kilos, o su equivalente en volumen.

Desde el organismo nacional se fundamentó la modificación en la necesidad de fortalecer los controles aduaneros, evitar el fraccionamiento de operaciones y prevenir la utilización sistemática del régimen para movimientos comerciales que deberían realizarse por otros canales.

El Código Aduanero contempla un régimen especial para los habitantes de zonas fronterizas, pero también establece que ese mecanismo no debe utilizarse con fines comerciales o industriales. Esta distinción constituye uno de los puntos centrales de la controversia entre el organismo recaudador y los sectores que cuestionan el alcance de las nuevas restricciones.


El amparo cuestiona el impacto económico y social

El planteo judicial sostiene que la aplicación de la resolución produce consecuencias que exceden el ámbito estrictamente aduanero. Sus impulsores argumentan que las restricciones afectan actividades comerciales desarrolladas históricamente en Aguas Blancas y Salvador Mazza y comprometen el sustento de numerosas familias.

Entre los fundamentos de la acción se invocan derechos vinculados con el trabajo, el ejercicio de actividades económicas y la autonomía municipal, además de las disposiciones del Código Aduanero que regulan el tráfico fronterizo.

El cuestionamiento apunta especialmente a la falta de adecuación de las nuevas reglas a las particularidades de las localidades limítrofes, donde el movimiento de compradores y mercaderías forma parte de una dinámica económica diferente de la que se registra en otras regiones del país.

Desde esa perspectiva, la presentación plantea que las restricciones podrían provocar una disminución de las ventas, dificultades para sostener los establecimientos comerciales y una reducción de las oportunidades laborales.

El amparo también pone en discusión la proporcionalidad de las medidas adoptadas, al considerar que los objetivos de control aduanero deben compatibilizarse con la realidad social y económica de las comunidades fronterizas.

Piden suspender las medidas mientras se resuelve el conflicto

Uno de los puntos principales de la presentación es el pedido de una medida cautelar de no innovar con efecto suspensivo.

A través de ese mecanismo, los demandantes pretenden que la Justicia suspenda provisionalmente los efectos de la Resolución General 5910/2026 y restablezca las condiciones anteriores del régimen, hasta que exista una decisión sobre el planteo de fondo.

El argumento central es que la continuidad de las restricciones podría ocasionar perjuicios económicos y laborales difíciles de revertir, incluso en el supuesto de que posteriormente se dictara una sentencia favorable. La solicitud cautelar no implica que la resolución haya quedado suspendida. Para ello es necesaria una decisión judicial expresa.

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