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La Corte de Justicia rechazó un recurso de apelación contra una sentencia de primera instancia que desestimó una demanda por daños y perjuicios contra la Provincia y el Servicio Penitenciario.
PolicialesPara rechazar el recurso en primera instancia se argumentó que no se había verificado la falta de servicio que comprometiera la responsabilidad estatal.
La demanda por daños y perjuicios fue promovida por los padres de una interna que se suicidó en la celda donde se encontraba alojada cumpliendo con un régimen de libertad vigilada.
La pretensión fue desestimada en primera instancia porque no se aportaron elementos suficientes que pudieran hacer presumir una adecuada relación de causalidad entre los perjuicios reclamados y el accionar estatal.
Sostuvieron los jueces de Corte que “los recurrentes no demuestran un motivo atendible en virtud del cual deba revocarse el fallo y se limitan a formular manifestaciones insuficientes para configurar la crítica concreta y razonada exigida por el artículo 255 del Código Procesal Civil y Comercial.”
Vale decir que los apelantes “no lograron desvirtuar una sentencia que, entre otras cuestiones, tuvo presente las diferentes medidas y tratamientos dispensados por los profesionales intervinientes (médicos, psicólogos, psiquiatras, etc.) desde el inicio de la causa penal hasta el día del trágico desenlace en el que atentó contra su propia vida”.
No se aportaron elementos que pongan en crisis la sentencia cuestionada, por lo que se rechazó el recurso de apelación.
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