Salta refinancia con Nación y abandona la demanda por el Incentivo Docente

Nación reconoció fondos adeudados a la Provincia aunque el cruce de partidas terminó con una diferencia millonaria que Salta deberá devolver en cuotas y, además, desistir de varias demandas.
 
Salta

La Provincia y el Estado nacional pusieron sobre la mesa las deudas que mantenían entre sí y acordaron compensarlas. Después de cruzar las cuentas, quedó un saldo de $265.914 millones a favor de Nación, que Salta deberá cancelar mediante un esquema de cuotas e intereses.

El acuerdo se formalizó mediante el Decreto Provincial 493, que aprueba el Convenio de Extinción de Obligaciones Recíprocas. En términos simples, el mecanismo permite enfrentar lo que una jurisdicción le debe a la otra, descontar ambos montos y determinar quién queda finalmente como acreedor. Salta había solicitado incorporarse a este régimen en diciembre de 2024.

Qué le debía Nación a Salta

El convenio reconoce expresamente que el Estado nacional mantenía una deuda de $1.868 millones con la Provincia, correspondiente a un acuerdo de obras públicas de vivienda. Ese dinero fue reconocido a favor de Salta y utilizado para reducir el monto que la Provincia tenía pendiente con Nación.

Del otro lado, Salta reconoció obligaciones por $267.782 millones. La enorme mayoría corresponde a un anticipo financiero de $259.000 millones, al que se suman casi $8.000 millones de intereses y otros $796 millones correspondientes a fondos no rendidos del Fondo Federal Solidario.

La cuenta, entonces, es más sencilla de lo que parece en el texto oficial: Nación debía dinero a Salta y Salta debía dinero a Nación. Al descontar una deuda de la otra, la diferencia quedó a favor del Gobierno nacional por casi $266 mil millones. 

Cómo pagará Salta

El convenio establece que una primera parte, de $77.700 millones, se cancelará en cuatro cuotas mensuales consecutivas, con el primer vencimiento previsto para fines de agosto. Otros $7.986 millones deberán abonarse en diciembre.

Para el resto del capital, el acuerdo contempla otro esquema de cuotas. Además, la deuda tendrá una tasa nominal anual del 15%, por lo que el monto reconocido no representa necesariamente todo lo que terminará desembolsando la Provincia: también deberá afrontar los intereses previstos en el convenio.

La coparticipación queda como respaldo del pago

El punto de mayor impacto para las cuentas provinciales aparece en la forma de garantizar el cumplimiento. Nación podrá cobrar capital e intereses mediante retenciones sobre los recursos de coparticipación federal que corresponden a Salta.

En otras palabras, si corresponde aplicar ese mecanismo, el dinero puede descontarse antes de que parte de los fondos nacionales llegue a las arcas provinciales. Por eso, el acuerdo no sólo cierra cuentas pendientes entre ambos gobiernos: compromete recursos futuros de Salta para garantizar el pago del saldo resultante.

El convenio también contiene otras condiciones políticas y judiciales relevantes, entre ellas el desistimiento de causas iniciadas por Salta contra el Estado nacional. Ese punto abre un segundo capítulo del acuerdo, diferente de la cuestión estrictamente financiera.

Salta abandonará el juicio por el Incentivo Docente 

El acuerdo financiero entre Salta y el Gobierno nacional no se limita al cruce de las deudas que ambas administraciones mantenían entre sí. La Provincia también aceptó desistir de acciones judiciales contra Nación y asumió obligaciones de información sobre el estado de sus cuentas públicas.

Las condiciones forman parte del convenio aprobado mediante el Decreto Provincial 493, publicado este martes en el Boletín Oficial. El entendimiento se inscribe en el Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas, creado para que Nación y las provincias puedan reconocer, compensar y cancelar deudas pendientes.

Una de las cláusulas establece expresamente que Salta desiste de acciones y derechos en causas iniciadas contra el Estado nacional. Es decir, la Provincia acepta dejar de sostener esos reclamos judiciales como una de las condiciones incorporadas al acuerdo.

Entre los expedientes mencionados aparece la demanda presentada por Salta contra Nación por los decretos nacionales 561 y 567 de 2019, que llegó a la Corte Suprema de Justicia. El convenio incluye tanto la acción declarativa de inconstitucionalidad como un incidente de medida cautelar relacionado con esa causa.

También figura el amparo iniciado por Salta contra el Estado nacional por el FONID, el Fondo Nacional de Incentivo Docente. El documento establece que las partes deberán presentar el convenio ante la Justicia para que sea homologado en los procesos alcanzados por el desistimiento.

Salta también deberá informar periódicamente sus cuentas

El convenio suma otra obligación relevante: la Provincia deberá entregar a Nación información periódica sobre distintos aspectos de sus finanzas públicas.

Entre los datos requeridos aparecen el gasto en personal, la deuda provincial, la situación del Tesoro, los saldos bancarios y el financiamiento otorgado a los municipios. También se solicita información vinculada con tarifas de servicios públicos, impuestos y transferencias.

Esto significa que el acuerdo no sólo define cuánto dinero debe pagar Salta después de compensar las obligaciones pendientes. También establece compromisos judiciales y obliga a la Provincia a reportar regularmente información sobre cómo están sus cuentas.

Las condiciones adquieren mayor relevancia porque forman parte del mismo entendimiento que dejó un saldo de casi $266 mil millones a favor del Estado nacional después de cruzar las deudas reconocidas por ambas administraciones.

De esta manera, el Decreto 493 tiene al menos dos consecuencias diferentes para Salta: una económica, vinculada al pago del saldo resultante, y otra política y judicial, que implica abandonar litigios contra Nación y asumir nuevas obligaciones de información financiera.

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