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El hecho ocurrió en noviembre pasado sobre avenida Paraguay al 2200, cuando una pareja cruzaba con su carro sandwichero. Fueron embestidos por un automóvil que luego se dio a la fuga.
PolicialesEl fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gabriel González, requirió juicio ante el Juzgado de Garantías 4 del distrito Centro, para Sebastián Juan Albornoz de 27 años, como autor de los delitos de lesiones gravísimas en perjuicio de un hombre de 41 años y lesiones graves en perjuicio de una mujer de 36 años, en concurso ideal y bajo la modalidad dolosa con dolo eventual.
En tanto, para David Maximiliano López y para Norma Alejandra Díaz se requirió juicio como coautores del delito de encubrimiento de los delitos de lesiones gravísimas en perjuicio de un hombre de 41 años y lesiones graves en perjuicio de una mujer de 36 años.
El hecho investigado ocurrió el 5 de noviembre de 2023 sobre avenida Paraguay de la ciudad de Salta, donde a la altura de una rotonda que da acceso a la avenida Fernández Molina, un vehículo embistió a una pareja que intentaba cruzar de forma peatonal la arteria con un carro sandwichero, causándole lesiones gravísimas y lesiones graves a los damnificados.
En el requerimiento a juicio, el fiscal González expone la voluminosa prueba producida durante la etapa de investigación y basado en esto, fundamenta que el conductor, pese a haber ingerido alcohol, decidió voluntariamente conducir a alta velocidad su vehículo, con las luces apagadas y circulando por una arteria de gran aglomeración de personas, sobre todo considerando que fue a la salida de los boliches bailables ubicados en la zona. El acusado pasó la señal de un semáforo que le indicada que debía detenerse y habiendo divisado el momento en que las victimas cruzaban peatonalmente empujando su carro de comidas, continuó con su recorrido embistiéndolos.
Luego, con total desaprensión, el conductor se retiró del lugar, abandonando a las víctimas, sin darle asistencia y auxilio, ni dar intervención al personal de salud o policial que pudiera activar el salvataje de las mismas, situación que finalmente ocurrió gracias al auxilio de las personas que allí se encontraban, para luego ser trasladas y asistidas en el hospital San Bernardo de esta ciudad.
En cuanto a la conducta de Díaz y López, considera que los mismos, al encontrarse dentro del vehículo presenciaron el accidente y no obstante ello, ayudaron a Albornoz a eludir la investigación colaborando en la huida y ayudando a ocultar elementos de prueba. Así el auto protagonista del siniestro fue dejado estacionado en el domicilio de López, donde el vehículo fue abandonado y las llaves la arrojaron mientras Díaz y Albornoz eran perseguidos por personal policial, todo ello tendiente a evitar el descubrimiento del hecho ya cometido. Con ello pretendieron dilatar, evadir o eludir la responsabilidad, situación que no podía ser desconocida por los acusados quienes luego del accionar de Albornoz dieron el auxilio típico previsto en el delito que se les imputa.
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