
El hecho investigado ocurrió en mayo pasado, cuando personas desconocidas irrumpieron en una concesionaria y, tras realizar un boquete, se apoderaron de una suma superior a los $100 millones.
Adrián Antonio Vera, uno de los condenados por el robo de caños en 2020, ahora quedó acusado de organizar el ingreso y la venta de drogas en el Complejo Penitenciario NOA III, donde cumplía la pena.
PolicialesEn el marco de una investigación penal iniciada hace un año, el fiscal titular del Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Salta, Ricardo Toranzos, imputó al empresario Adrián Antonio Vera -uno de los condenados por el robo de caños en Aguaray en 2020-, por los delitos de confabulación para la venta de estupefacientes, en concurso real con cohecho activo, al atribuirle participación en diversas maniobras para el ingreso de drogas en el penal federal donde cumplía su condena.
La imputación fue formalizada por el fiscal federal Toranzos y el auxiliar fiscal Ignacio Irigoyen, ante el juez federal de Garantías N°1, Julio Bavio, el 29 de mayo pasado, a doce días de que Vera cumpliera la pena de 3 años y 8 meses de prisión por los delitos de robo agravado en despoblado y banda, en concurso real con uso de documento falso o adulterado, en calidad de autor.
Esta condena -que se cumplió el 17 de mayo último- fue dictada por el Tribunal Oral Federal N°2 de Salta el 16 de diciembre del 2021, en el marco del juicio llevado adelante en su contra, y de otros empresarios y funcionarios públicos -entre ellos el por entonces intendente Jorge Enrique Prado- por el robo de caños del Gasoducto GNEA, ocurridos en el norte de la provincia.
Según la nueva imputación, durante su estadía en el Complejo Penitenciario Federal III NOA del Servicio Penitenciario Federal (SPF), en Salta, planificó y organizó el ingreso de drogas. Toranzos también imputó en las maniobras a la pareja de Vera, Jazmín Valeria Borruto, y a un guardia que cumplía tareas en esa cárcel, Gustavo Adolfo Lazo.
Para la mujer de Vera, la imputación fue por cohecho activo, mientras que el penitenciario quedó imputado por confabulación, en concurso real con cohecho pasivo e incumplimiento de los deberes de funcionario público, en grado de autor.
Dado que las penas de los delitos son de orden excarcelable, la fiscalía solicitó medidas de restricción dirigidas a velar la permanencia de los acusados en sus lugares de residencia, tales como visitas sorpresivas de control, comparecencia de los mismos a dependencias policiales y la prohibición de salir del país.
Asimismo, requirió un plazo de investigación de 120 días y autorización para avanzar con pericias pendientes, entre ellas a teléfonos secuestrados. Estas medidas, como la declaración de legalidad de la detenciones y formalización de la investigación penal, no fueron cuestionadas por las defensas, por lo que el juez hizo lugar a todos los pedidos del MPF.
El fiscal explicó que la imputación surgió de una investigación iniciada el 7 de junio del 2024 contra un interno de esa cárcel, en la que también estaba involucrada su pareja y tenía como objeto el ingreso de droga y su venta interna.
Toranzos reveló que se intervinieron algunas líneas telefónicas, una de los cuales era usada desde adentro del penal. Entre los que hacían uso de ese teléfono, se identificó a Vera, quien mantenía comunicaciones con un abonado que, al ser investigado, resultó ser Lazo.
De las conversaciones surgió que el interno requería estupefacientes, producto de operaciones que el guardia realizaba bajo instrucciones de Vera, a cambio de lo cual recibía dinero.
Expuestos los detalles de la investigación, con sus respectivas evidencias, la fiscalía fundó las medidas de coerción, instancia en la que se refirió al riesgo de fuga, entorpecimiento y gravedad del hecho. Además, resaltó la conducta del interno, quien infringió la ley cuando se hallaba en cumplimiento de una pena por otro delito.
Respecto a Lazo, remarcó su condición de funcionario público, pues al momento de los hechos se desempeñaba como auxiliar medio, en el área de trabajo de oficio de la División de Producción del Complejo NOA III. Asimismo, informó que, actualmente, se encuentra suspendido por disposición administrativa.
Fundada sus peticiones, y ante la falta de objeciones defensivas, el juez hizo lugar a las imputaciones, autorizó las pericias y las medidas de coerción, en los términos requeridos por el representante del MPF.
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