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Finalmente, la justicia salteña falló en la causa por violencia de género iniciada en 2022 contra el arzobispo de Salta, el sacerdote Lucio Ajaya, el obispo emérito Martín de Elizalde y el vicario judicial Loyola Pinto y de Sancristóval.
SaltaLa jueza de Primera Instancia de Violencia Familiar y de Género de Tercera Nominación, Distrito Judicial del Centro, Carolina Cáceres Moreno, consideró probados los hechos de violencia de género ejercidos por el arzobispo Mario Cargnello, el sacerdote Lucio Ajaya, el obispo emérito Martín de Elizalde y el vicario judicial Loyola Pinto y de Sancristóval, en perjuicio de las religiosas Carmelitas Descalzas del Convento San Bernardo. En ese marco, ordenó mantener la prohibición de acercamiento y que los acusados se sometan a tratamiento psicológico y se capaciten en cuestiones de género.
"Concluyo y afirmo que aquellas (las Carmelitas Descalzas) han padecido hechos de violencia de género en el ámbito institucional del tipo religiosa, física, psicológica y económica, por un lapso de más de 20 años", sostuvo la jueza.
Detalló los hechos de violencia: "la obstrucción/demora/negativa en la elección de la Priora y el préstamo de dinero al Obispo sin devolución a la fecha, lo que configuró violencia de género del tipo psicológica y económica". Asimismo, "lo actuado por Monseñor Mario Antonio Cargnello y el Sacerdote Lucio Francisco Ajaya en ocasión del velorio de la hermana M. en fecha 25/09/20, en el cual las denunciantes padecieron violencia de género del tipo física y psicológica".
Después se suscitó "lo acontecido durante la visita apostólica realizada por Monseñor Martín de Elizalde en fecha 25/10/21, en las que aquellas sufrieron violencia de género del tipo psicológica", siguió la magistrada.
Y el otro hecho violento fue "la comparecencia al monasterio del Vicario Judicial Loyola Pinto y de Sancristóval en fecha 27/04/22, a fin de poner en conocimiento a la comunidad carmelitana lo dispuesto por la Santa Sede, sin que la comunicación haya expresado tal forma de notificación, lo que configuró violencia de género del tipo psicológica".
De esta manera, Cáceres Moreno ratificó las medidas de prohibición de acercamiento que ordenó en 2022 luego de recibir la denuncia de las monjas. Solo en un caso, el de una religiosa que se fue del Convento, no se mantiene la perimetral.
La jueza ordenó a los denunciados "realizar tratamiento psicológico con perspectiva de género a fin de trabajar patrones vinculares y hechos de violencia". Y deberán presentar ante el juzgado constancias del cumplimiento de lo resuelto en este punto, de manera mensual durante el plazo de seis meses, "bajo apercibimiento de desobediencia judicial".
Cáceres Moreno también ordenó a los denunciados a realizar capacitación en cuestiones de género, violencia de género y la normativa vigente, "bajo apercibimiento de desobediencia judicial". Para el cumplimiento de esta medida, libró oficio al Observatorio de Violencia Contra las Mujeres para que elabore y dicte el programa de capacitación.
También envió un oficio al departamento de antecedentes personales de la Policía de Salta para que "realice el registro de las presentes actuaciones en la planilla prontuarial de los denunciados".
Por otro lado, la magistrada instó a las denunciantes a realizar "retiros y/o ejercicios espirituales a fin de tramitar psicológicamente las consecuencias de la violencia de género padecida; debiendo presentar ante este Juzgado las constancias respectivas de manera mensual durante el plazo de seis meses".
Además de ordenar la notificación a las partes, la jueza estableció que también se notifique al papa Francisco, mediante su delegado pontificio Javier Belda Iniesta, en su carácter de garante del acuerdo celebrado entre las partes el 27 de agosto de 2022.
Por otra parte, la magistrada impuso las costas del proceso judicial a los acusados. Y libró oficio al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta para que revise la conducta de dos letrados.
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