
La aeronave se precipitó en una finca privada del sur salteño por causas que todavía se investigan. El Ministerio Público Fiscal Federal confirmó que hay dos detenidos y que la aeronave transportaba más de 140 kilos de cocaína.
El Fiscal González Miralpeix interpuso un recurso de apelación al arresto domiciliario que beneficio al manager de modelos acusado por abuso sexual con acceso carnal.
Policiales


El fiscal penal 2 de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual, Rodrigo González Miralpeix, interpuso ante el Juzgado de Garantías 8, un recurso de apelación al arresto domiciliario de Pablo Marcelo Rangeón, acusado de los delitos de abuso sexual con acceso carnal continuado en perjuicio de una víctima; abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de otras dos víctimas y abuso sexual simple en perjuicio de otras tres víctimas.


En sus consideraciones, el fiscal penal Rodrigo González Miralpeix, sostuvo que la magistrada interviniente no realizó un análisis en profundidad de los fundamentos expuestos oportunamente por la parte acusadora y recordó que al momento de resolverse la prisión preventiva del acusado, se sostuvo la necesidad de cautelar el proceso, ante la probable aplicación en firme de una pena privativa de la libertad y a la naturaleza y gravedad de los hechos investigados.
Sin embargo, en esta nueva instancia, la magistrada decidió que el análisis de estos parámetros constituye un “anticipo de pena”, lo que desnaturaliza la razón de considerar dichos aspectos al momento de evaluar la procedencia o el mantenimiento del encierro cautelar, en las condiciones en que se cumplían.
En su momento, el fiscal penal González Miralpeix, alegó que el pronóstico de fuga estimado, por el monto de pena mínima de 6 años por los delitos imputados al acusado, permite presumir una idea elusiva en razón de la natural intención de conservar la libertad. Por otro lado, destacó la necesidad de proteger a los testigos en la etapa plenaria, para que concreten su declaración de manera segura, libre y veraz.
Tales circunstancias sólo pueden ser cauteladas con la prisión preventiva en un ámbito de encierro institucional y no en el ámbito de su domicilio, con el solo control de monitoreo electrónico.
A su vez, en la resolución, la magistrada descartó el peligro de entorpecimiento en la breve referencia a la existencia de una sola víctima, cuando se trata de seis denunciantes. Todas coincidieron en manifestar temor por las represalias que pueda tomar el imputado, quien siempre les manifestó tener mucho poder, por lo que el fiscal reiteró que es necesario neutralizar toda posibilidad de que el imputado pueda ejercer nuevos hechos, como así también influir en los testimonios de los testigos.
En este sentido, cabe considerar que el mantenimiento del encierro cautelar del imputado sostenía el ánimo y la voluntad de quienes tomaron la decisión de radicar las denuncias por hechos que atentaron contra su dignidad y libertad sexual, en el marco de relaciones de clara superioridad, verticalidad y poder.
El encierro en el domicilio del encartado posibilita otros medios de contacto entre aquel y las víctimas, que exceden al mero contacto físico, pero que son suficientes por sí solos para doblegar y presionarlas para mantener sus declaraciones y sostenerlas al momento del debate.
Por otro lado, no debe olvidarse que el sistema tuitivo de nuestro ordenamiento constitucional no solo se dirige a la protección de los derechos del imputado, sino también ampara a la ciudadanía en general y particularmente, en este caso, a las víctimas de violencia sexual y de género, con lo cual quienes sean pasibles de padecer las consecuencias del delito deben ser defendidas del mismo, conforme manda el propio Preámbulo de la Constitución Nacional bajo el principio rector de “afianzar la justicia”.
Ello motiva la necesidad de que los órganos estatales dispongan las medidas que sean necesarias para evitar cualquier tipo de consecuencia negativa para aquellas.
Así, se ve comprometida una cuestión de orden público, pues la vulneración directa de derechos humanos, de raigambre constitucional, constituye una omisión lisa y llana del ordenamiento jurídico argentino.
Por último, el fiscal penal González Miralpeix, insistió en que el orden público que rige en la materia, deviene de la propia legislación interna, tal cual reza el Art. 1 de la Ley De Protección Integral A Las Mujeres (Ley 26.485), y con ello se refirió a la obligación del Estado; es decir, a la administración de justicia, en mano de sus operadores, para garantizar el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia; sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos; y concretamente garantizar el efectivo acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia y a ser protegidas durante su tránsito por el proceso penal.

La aeronave se precipitó en una finca privada del sur salteño por causas que todavía se investigan. El Ministerio Público Fiscal Federal confirmó que hay dos detenidos y que la aeronave transportaba más de 140 kilos de cocaína.

El procedimiento estuvo a cargo de la Unidad de Investigación del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, bajo la órbita del Ministerio Público Fiscal de Salta por el hallazgo de más de 160 kilos de cocaína.

El oficial de la Policía Federal fue imputado este fin de semana, luego de que detectaran que tenía más de 60 mil archivos en sus dispositivos digitales.

Tres sujetos fueron detenidos en un importante operativo realizado este miércoles, donde intervinieron más de 50 efectivos, se allanaron siete domicilios y se detuvo a tres personas como sospechosas.

La jueza Mónica Mukdsi analizó las pruebas y ordenó que el conductor del auto que atropelló a decenas de jóvenes a la salida de un boliche y mató a cinco sea juzgado por homicidio simple.

Ante la Cámara de Apelaciones, el Fiscal dijo que Romero fue el último en ver a Cash con vida, cuestionó que nunca colaboró con la investigación y pidió cambiar a la Jueza por cerrar “anticipadamente” la causa.





Tras registrar más de 372.000 consultas en centros de salud, la cartera sanitaria anunció la rotación de cardiólogos y oftalmólogos. También incorporó equipos de diagnóstico para mejorar la respuesta.

Actualmente adecúan bocacalles, hormigonado de dársena, preparación y moldeado de calzada en Nodo San Carlos y Nodo Parque Sur para hormigón; y tareas de alcantarillado, entre otras.

GMXT, empresa del sector ferroviario estadounidense, con más de 27 años de experiencia y operaciones en EEUU, México, Canadá y España, puso la mira en Argentina publicó el diario Ámbito.



